- interdicto agrario
- Proc.; C. Rica Procedimiento sumario orientado a proteger una actividad económica organizada que se dirige a la producción o cría de animales o vegetales.El interdicto agrario no puede establecerse si han transcurrido tres meses desde el comienzo de los hechos y obras contra las cuales se reclama, ya que a ese término se limita el plazo de caducidad que fija la Ley.
Ley 6734, de Jurisdicción agraria, de Costa Rica , art. 2.
Sublema de interdicto