Diccionario panhispánico del español jurídico

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interdicto agrario

Sublema de interdicto
Proc.; C. Rica Procedimiento sumario orientado a proteger una actividad económica organizada que se dirige a la producción o cría de animales o vegetales.
El interdicto agrario no puede establecerse si han transcurrido tres meses desde el comienzo de los hechos y obras contra las cuales se reclama, ya que a ese término se limita el plazo de caducidad que fija la Ley. Ley 6734, de Jurisdicción agraria, de Costa Rica, art. 2.

Sublemas