Diccionario panhispánico del español jurídico

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interés legal

Sublema de interés2
Proc. Rédito o beneficio que, a falta de estipulación previa, señala la ley como producto de las cantidades que se está debiendo con esa circunstancia o en caso de incurrir en mora el deudor.
«Aquel mandato legal, por el contrario, no remite ni al interés legal del dinero (concepto jurídico al que se refiere el artículo 1108 del Código Civil a falta de convenio” y que en España durante los años 2013 y 2014 fue superior al interés de mercado) ni, mucho menos, al interés de demora que se aplica a los pagos extemporáneos de las liquidaciones tributarias» (STS, 3.ª, 20-IV-2015, rec. 261/2014).

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