Diccionario panhispánico del español jurídico

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interés de demora

Sublema de interés2
Gral. Interés que debe abonar el deudor moroso.
CC, art. 1108. Por ejemplo, en el contrato de crédito inmobiliario, el interés de demora es el interés remuneratorio más tres puntos porcentuales a lo largo del período en el que aquel resulte exigible, a calcular sobre el principal vencido y pendiente de pago. Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, art. 25.

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Sublemas