- integración del contradictorio
- Proc.; Col. Acto procesal por el que el juez, con base en el principio de contradicción, acuerda dar traslado de la demanda presentada a todas las personas sujetos de la relación jurídica o acto jurídico litigioso cuando, por la naturaleza de estos o por disposición legal, haya de resolverse de manera uniforme y no sea posible decidir de mérito sin la comparecencia de tales personas.
Ley 1564 de 2012 , por medio de la cual se expide el Código General del Proceso, art. 61.
Sublema de integración