- inscripción de los partidos políticos
- Adm. Obligación de los partidos políticos de inscribirse en un registro de partidos políticos sin otra función que verificar si reúnen ciertos requisitos formales a efectos de publicidad y adquisición de personalidad jurídica, pero que no autoriza controles administrativos sobre su legalidad o constitucionalidad.Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos,
art. 4 .
Sublema de inscripción