Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

ilegítimo, ma

1. Gral. Que carece de legitimidad, título válido o justificación suficiente en derecho. Daño ilegítimo, beneficio ilegítimo, ataque ilegítimo, alargamiento ilegítimo de la privación de libertad, etc.
«No concurren, por tanto, los requisitos a que los artículos 106 CE , y 120, 121 LEF y 40 LRJAE supeditan la exigencia de responsabilidad patrimonial a la Administración, pues no se aprecia un daño ilegítimo imputable a esta que la recurrente no debiera legalmente soportar» (STS, 3.ª, 2-X-2002, rec. 10 423/1997).
2. Civ. e Hist. En la legislación preconstitucional, dicho de un hijo: Habido fuera del matrimonio.
«Es evidente que no puede hablarse entonces de “situaciones consolidadas” a fin de mantener a los hijos ilegítimos en esta categoría durante toda su vida, por el hecho de que su progenitor hubiese fallecido antes de la entrada en vigor de la Constitución. Por el contrario, desde ese momento, y por virtud de su disposición derogatoria 3.ª, no podían sufrir ninguna discriminación en sus derechos frente a los hijos matrimoniales; han salido, en otras palabras, de la situación lamentable en que los colocaban unas arcaicas concepciones sociales sobre las que se basaban los viejos preceptos del Código Civil» (STS, 1.ª, 19-V-1997, rec. 1506/1993).