Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

huelga de solidaridad o apoyo

Sublema de huelga
Lab. Huelga de trabajadores que defienden un interés ajeno a su relación contractual.
Real Decreto Ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo, art. 11. «Cuando el art. 28 habla de huelga de trabajadores, lo hace para excluir de la protección constitucional las huelgas de otro tipo de personas, como son pequeños empresarios, trabajadores autónomos y otros similares, mas los intereses defendidos mediante la huelga no tienen que ser necesariamente los intereses de los huelguistas, sino los intereses de la categoría de los trabajadores. Por otra parte, no puede discutirse que los trabajadores huelguistas pueden tener un interés que les haga solidarios con otros trabajadores. El hecho mismo de la huelga sindical obliga a reconocer la huelga convocada por un sindicato en defensa de las reivindicaciones que el sindicato considere como decisivas en un momento dado, entre las que puede encontrarse la solidaridad entre los miembros del sindicato» (STC, 1.ª, 8-II-1993, rec. 214/1990).