- guarda fluvial
- Adm. Persona encuadrada en la guardería fluvial y que tiene como competencia el servicio a la Policía de las aguas. El Texto Refundido de la Ley de Aguas (TRLA) indica que realizarán labores de apoyo y asistencia a los agentes medioambientales en el ejercicio de sus funciones de policía de aguas.
Sublema de guarda