Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

gobernador, ra

1. Gral. Persona que desempeña el mando de una provincia, de una ciudad o de un territorio.
2. Adm.; Col. y Ven. Agente del Poder Ejecutivo en cada departamento y jefe de la Administración seccional.
Ley 4 de 1913 sobre Régimen Político y Municipal, de Colombia, arts. 3 y 123. Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencias del Poder Público, art. 22.
3. Adm. y Const.; Cuba Máximo responsable ejecutivo-administrativo en su provincia, al que corresponde organizar y dirigir la Administración Provincial.
Es elegido por los delegados de las asambleas municipales del Poder Popular correspondientes, a propuesta del Presidente de la República. Constitución de la República de Cuba, arts. 174 y ss.

Referenciado desde