Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

función pública reservada a funcionarios en las entidades locales

Adm. Conjunto de tareas cuyo desarrollo corresponde exclusivamente a funcionarios de carrera de la Administración local por implicar ejercicio de autoridad o la participación directa o indirecta en el ejercicio de potestades públicas o la salvaguardia de intereses generales, así como las reservadas a dichos funcionarios para la mejor garantía de la objetividad, imparcialidad e independencia en su cumplimiento.
LRBRL, art. 92.3.