- función consultiva del Tribunal de Cuentas
- Contr. ext. Función en virtud de la cual el Tribunal emite informe preceptivo sobre los anteproyectos de ley y los proyectos de disposiciones reglamentarias que versen sobre su régimen jurídico o sobre el ejercicio de sus funciones fiscalizadora o jurisdiccional.Cuando se trata de anteproyectos de ley, el Gobierno ha de remitir el informe a las Cortes Generales.