Diccionario panhispánico del español jurídico

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fiscal

1. Gral. Miembro del Ministerio Fiscal, que tiene por misión promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley, de oficio o a petición de los interesados, así como velar por la independencia de los tribunales y procurar ante ellos la satisfacción del interés social.
Se usa también la forma fiscala, aunque menos, referida a una mujer. Art. 1 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (Ley 50/1981). Se dio traslado de las mismas al Ministerio Fiscal, que ha evacuado dictamen en el sentido de entender que la competencia discutida corresponde a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. STS, 3.ª, 25-II-2015, rec. 47/2014.
2. Gral. Segunda categoría de la carrera fiscal, equiparada a la de magistrado.
LEOMF, art. 34.2.ª.
3. Merc.; Nic. Persona que en una junta directiva controla las acciones de una sociedad anónima.

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