Diccionario panhispánico del español jurídico

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fijación de posición

Sublema de fijación
Parl. Durante el debate parlamentario, turno que permite la expresión de la posición del grupo parlamentario que no lo hubiera hecho previamente en el turno inicial a favor o en contra.
Según los reglamentos parlamentarios, procede esta clase de turno en los debates calificados como de totalidad que son numerosos y afectan a diversas competencias parlamentarias, así en el caso del procedimiento legislativo, cuando se hubieran presentado enmiendas de totalidad a la iniciativa legislativa, o en el procedimiento especial de lectura única, o la convalidación de decretos leyes, o en otras competencias como la autorización del referéndum previsto en la Constitución, o en el ámbito del control político el debate sobre la acusación a miembros del Gobierno por delitos de traición o contra la seguridad del Estado. «2. Si el debate fuera de los calificados como de totalidad, los turnos serán de quince minutos y, tras ellos, los demás Grupos Parlamentarios podrán fijar su posición en intervenciones que no excederán de diez minutos» (Reglamento del Congreso de los Diputados , art. 74.2).

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