Diccionario panhispánico del español jurídico

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familia real

Sublema de familia
1. Const.; Esp. Grupo familiar compuesto por el titular de la corona, su consorte, sus ascendientes de primer grado, sus descendientes y el heredero al trono (aunque no fuera descendiente).
«En el Registro Civil de la Familia Real se inscribirán los nacimientos, matrimonios y defunciones, así como cualquier otro hecho o acto inscribible con arreglo a la legislación sobre Registro Civil, que afecten al Rey de España, su Augusta Consorte, sus ascendentes de primer grado, sus descendientes y al Príncipe heredero de la Corona» (Real Decreto 2917/1981, de 27 de noviembre, sobre Registro Civil de la Familia Real art. 1.).
2. Const.; Esp. Conjunto de las personas que ocupan un puesto en la línea de sucesión a la corona.
«Aquellas personas que teniendo derecho a la sucesión en el trono contrajeren matrimonio contra la expresa prohibición del Rey y de las Cortes Generales, quedarán excluidas en la sucesión a la Corona por sí y sus descendientes» (CE art. 57.4 ).
3. Const.; Esp. Grupo al que pertenecen familiares destacados del titular de la corona.
«[...] no estarán sujetos a inspecciones fronterizas los jefes de Estado, los jefes de Gobierno y los miembros del Gobierno nacional, con los cónyuges que los acompañen, y los miembros de su delegación oficial, así como los soberanos y otros miembros eminentes de una familia real, invitados oficialmente por los Gobiernos de los Estados miembros o por organizaciones internacionales y cuyas llegadas y partidas hayan sido comunicadas de manera oficial por vía diplomática» [Reglamento (UE) 2016/399, de 9 de marzo, por el que se establece un código de normas de la UE para el cruce de personas por las fronteras (Código de Fronteras Schengen), en su redacción establecida por Reglamento (UE) 2017/2225 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2017 (DOUE L 327 de 9 de diciembre de 2017)].