facultativo, va Pen. Médico.En determinados tipos delictivos, se trata de una denominación bajo la que el legislador incluye también a cualquier persona que realice una actividad sanitaria o sociosanitaria, a veterinarios, psicólogos o farmacéuticos. CP, arts. 222 , 303 y 372.ArgentinaLey 11179, por la que se aprueba el Código Penal, publicada el 3-XI-1921ChileCódigo Penal, promulgado el 12-XI-1874ColombiaLey 599 de 2000, por la que se aprueba el Código Penal, Publicada en el Diario Oficial 44.097, el 24-VII-2000.Costa RicaLey 4573, de Código Penal, publicada en la Gaceta 257, el 15-XI-1970MéxicoCódigo Penal de la Federación, publicado en la Tercera Sección del Diario Oficial de la Federación, el 14-VIII-1931delito contra la salud públicaReferenciado desdeblanqueo en fase de provocación, conspiración o proposición, delito de falsificación de certificadofacultades mentalesfacultativo, va al servicio de la sanidad local