extinción de la responsabilidad penal Sublema de extinción Pen. Terminación o cancelación de la responsabilidad penal por muerte de la persona culpable, por cumplimiento de su condena, por remisión de la pena, indulto, perdón del ofendido, o por prescripción del delito o de la pena.CP, art. 130. ArgentinaLey 11179, por la que se aprueba el Código Penal, publicada el 3-XI-1921ChileCódigo Penal, promulgado el 12-XI-1874ColombiaLey 599 de 2000, por la que se aprueba el Código Penal, Publicada en el Diario Oficial 44.097, el 24-VII-2000.Costa RicaLey 4573, de Código Penal, publicada en la Gaceta 257, el 15-XI-1970MéxicoCódigo Penal de la Federación, publicado en la Tercera Sección del Diario Oficial de la Federación, el 14-VIII-1931Referenciado desderesponsabilidad penalextinción de la responsabilidad administrativa sancionadoraextinción de la responsabilidad por infracciones tributarias