Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

exención al deber de declarar de los testigos

Sublema de exención
Pen. Circunstancia que, en los casos previstos en la ley, permite a algunos testigos no contestar a las preguntas que les sean formuladas por las partes o por el juez.
«Respecto a la ausencia a declarar en el plenario como testigo del Agente de la DEA, cabe decir que habiéndose acreditado por nota verbal de la embajada USA en España la condición de diplomático del mismo, esta le exime de declarar conforme a lo previsto en el último párrafo del art. 411 de dicha Ley de Enjuiciamiento Criminal , por lo que tal ausencia se encuentra amparada en derecho» (STS, 2.ª, 8-I-2009, rec. 10819/2008).