Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

exclusión de riesgos

Merc. Situación que se pacta al momento de la suscripción de la póliza de seguro que no será indemnizada por no ser fácilmente cuantificable, o bien porque su naturaleza representa un alto riesgo para la aseguradora, como guerra, actos premeditados que se salen completamente del concepto de eventualidad, dolo, mala fe, fraude, etc.
Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, art. 11.