- exclusión de riesgos
- Merc. Situación que se pacta al momento de la suscripción de la póliza de seguro que no será indemnizada por no ser fácilmente cuantificable, o bien porque su naturaleza representa un alto riesgo para la aseguradora, como guerra, actos premeditados que se salen completamente del concepto de eventualidad, dolo, mala fe, fraude, etc.
Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, art. 11.