Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

estado de alarma

Sublema de estado2
Const. Situación extraordinaria que declara el Consejo de Ministros cuando se produce una alteración grave de la normalidad por causa de catástrofes, calamidades, desgracias públicas, crisis sanitarias, paralización de los servicios públicos esenciales o desabastecimiento de productos de primera necesidad.
CE, art. 116.2 ; Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, art. 4.º.

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