Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

estado civil

Sublema de estado2
Civ. y Pen. Condición de una persona en relación con su nacimiento, nacionalidad, filiación o matrimonio, que se hacen constar en el Registro Civil y que delimitan el ámbito propio de poder y responsabilidad que el derecho reconoce a las personas naturales.
Conjunto de cualidades que pertenecen a una persona y determinan su identificación y su capacidad de actuación en el mundo de las relaciones jurídicas (SAP Cantabria, 2.ª, 22-IV-2009). CP, art. 401.

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