- entidad colaboradora en materia de subvenciones
- Fin. Entidad que, actuando en nombre y por cuenta del órgano concedente a todos los efectos relacionados con la subvención, entrega y distribuye los fondos públicos a los beneficiarios o colabora en la gestión de la subvención.
LGS, art. 12.1.
Sublema de entidad colaboradora, entidad