Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

entidad aseguradora

Sublema de entidad
Adm. y Civ. Persona jurídica que, autorizada para ejercer la actividad aseguradora, celebra contratos de seguro privado.
Los requisitos para obtener la autorización administrativa para operar como entidad aseguradora pueden verse en el Texto Refundido de la Ley de Ordenación de los Seguros Privados (Real Decreto Legislativo 6/2004), art. 5. La entidad debe adoptar una de las formas jurídicas admitidas legalmente (sociedad anónima, mutua, cooperativa, mutualidad de previsión social o entidad de derecho público).

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