Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

enemigo

1. Gral. Estado extranjero en conflicto armado con el propio.
«El que, en tiempo de guerra y con el fin de comprometer la paz, seguridad o independencia del Estado, tuviere correspondencia con un país enemigo u ocupado por sus tropas, cuando el Gobierno lo hubiera prohibido, será castigado con la pena de prisión de uno a cinco años. Si en la correspondencia se dieran avisos o noticias de las que pudiera aprovecharse el enemigo se impondrá la pena de prisión de ocho a quince años» (CP, art. 596.1 ). El art. 109 de las Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas (RD 96/2009) describe la actitud que debe tener el militar en caso de caer prisionero: «tendrá en cuenta que sigue siendo un militar en su comportamiento ante el enemigo y ante sus compañeros de cautividad, manteniendo las relaciones de subordinación y las reglas de disciplina. No aceptará del enemigo ningún pacto ni favor especial».
2. Mil. Miembro de las fuerzas armadas de un Estado que se halla en situación de conflicto armado con España.
Enemiga, para referirse a una mujer.
3. Mil. Fuerza, formación o banda que ejecuta una operación armada a las órdenes por cuenta o con la ayuda de una potencia con la cual España se halla en guerra o conflicto armado.
CPM, art. 7.
4. Mil. Grupo armado organizado en lucha contra la dominación colonial, la ocupación extranjera y los regímenes racistas, si está en situación de conflicto armado con España.
5. Mil. Fuerza, formación o banda integrante de grupos armados no estatales que operen en un espacio donde España desarrolle o participe en una operación internacional coercitiva o de paz, de conformidad con el ordenamiento internacional.
6. Hist. y Pen. Persona a la que se ha declarado formalmente en situación de carencia de paz o enemistad, dentro del sentido del derecho germánico que se desarrolla durante la Edad Media.
A partir de dicha declaración de enemistad, puede ser perseguido y ejercer sobre él la venganza de la sangre. En el derecho local medieval es muy frecuente la utilización de la expresión enemigo conocido para expresar esta situación de falta de paz respecto del que ha sido agredido y una vez declarada la misma mediante desafío, o salga por enemigo, una vez que ha sido condenado o declarado autor de una agresión. «Del omne de fueras que matar omne en Bejar. Todo omne de tora villa que omezilio fiziere en Beiar sea despennado o enforcado, nil uala eglesia, ni palacio, ni monesterio, maguer que el muerto fuesse enemigo ante que Beiar se poblasse, o depues» (Fuero de Béjar, 16).