Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

emancipado, da

Gral. Persona mayor de dieciséis años que se libera de la patria potestad y accede a la plena capacidad de obrar con los límites que establece el artículo 323 del Código Civil .
La emancipación habilita al menor para regir su persona y bienes como si fuera mayor, pero hasta que llegue a la mayor edad no podrá el emancipado tomar dinero a préstamo, gravar o enajenar bienes inmuebles y establecimientos mercantiles o industriales u objetos de extraordinario valor sin consentimiento de sus padres y, a falta de ambos, sin el de su curador.