Diccionario panhispánico del español jurídico

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Diputación del General

Hist. Comisión delegada de las Cortes en el tiempo que mediaba entre las convocatorias y se constituye en el organismo representativo del general de los tres estados catalanes.
Tiene su origen en las Cortes de finales del siglo xiii (1288 y 1289) encargadas de la gestión del donativo. Será a mediados del siglo xiv cuando se comience a diseñar la futura estructura orgánica y funcionarial de la institución. La denominación de Diputación del General aparece en 1359 y en los años sucesivos se diseñará la red impositiva peculiar que la caracterizará. En esta fecha se establecen los tributos denominados generalitats, cobrados por la diputación para recaudación del donativo y la imposición de censales. Fernando de Antequera perfila definitivamente la diputación, adquiriendo una gran autonomía financiera, que irá perdiendo a partir de Fernando el Católico, con el intento general de control de las instituciones de la Corona de Aragón. Además de la función que inicialmente tenía de control del donativo, le correspondía garantizar la observancia de las leyes convenidas en Cortes, instigando a la jurisdicción competente al restablecimiento del derecho violado. A estas dos funciones fundamentales a partir del siglo xv se le añadió la de política y gobierno del Principado, debida a las peculiares circunstancias históricas en que vivió inmerso el Principado, si bien estas funciones no fueron siempre las mismas. Estaba integrada por un representante de cada uno de los brazos y tuvo su residencia obligatoria en Barcelona.