1. Gral. Informe elaborado por técnicos en una determinada materia que actúan como peritos en un proceso.
2. Adm. Informes emitidos por el Consejo de Estado y otros órganos consultivos.
3. Adm.; Chile Pronunciamiento jurídico emanado de un órgano administrativo, facultado para interpretar la ley de modo obligatorio para los servicios sometidos a su fiscalización.
4. Eur. Acto jurídico no vinculante emanado de las instituciones de la UE que contiene generalmente una opinión o valoración sobre situaciones o conductas.
5. Eur. Decisión del Tribunal de Justicia de la UE sobre la compatibilidad de un tratado con el derecho originario de la UE, emitido con anterioridad a la manifestación del consentimiento de la Unión en obligarse por el tratado. En caso de ser negativo, impide la celebración del tratado.
6.
Can. Opinión, juicio o valoración técnica que se emite para la posterior emisión de un acto jurídico.Por ejemplo, el
CIC, c. 1216, prescribe que se acuda a un perito antes de proceder a la reparación de una iglesia.