Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

destitución

1. Adm. Cese.
2. Adm.; Arg., Bol., Chile, Col., Ec., Guat. y P. Rico Sanción que se impone a un funcionario público por la comisión de una infracción grave.
Pérez Camacho, Efraín: Derecho administrativo, Quito, Corporación de Estudios y Publicaciones, 2014, tomo I, págs. 299 y 300. El Código Único Disciplinario de Colombia establece tres clases de faltas, por parte de los funcionarios públicos: leve, grave y gravísima; pero esta última determina la necesidad de comprobación de una conducta dolosa, consistente en la ignorancia supina, desatención elemental, o desconocimiento de reglas de obligatorio cumplimiento, frente a lo cual se castiga con destitución. Guzmán v. Calderón, 164, DPR, de Puerto Rico, 220 (2005).
3. Const.; Arg. Una de las causas por las cuales el Poder Ejecutivo queda acéfalo. Para ello es necesario cumplir con el correspondiente juicio político.
Constitución de la Nación Argentina, arts. 53, 59, 60 y 88.
4. Pen.; Ven. Pena que produce como efecto la separación de él, del penado, sin poder ejercerlo otra vez sino por nueva elección o nombramiento.
Código Penal, art. 26.