Adm.Desplazamiento de la titularidad o del ejercicio de la competencia en favor de órganos o entidades dependientes de la Administración que lo acuerda, pero integrados en su organización general.
CE, art. 103.1.LRJSP, art. 8.2.Ley n.º 290, de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo, de Nicaragua, art. 4.