Diccionario panhispánico del español jurídico

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desamortización civil

Sublema de desamortización
Hist. Proceso mediante el cual los bienes que estaban en manos de instituciones civiles y que no podían enajenarse dejan de estar vinculados a dichas instituciones para ser incorporados al Estado y posteriormente vendidos.
Tuvo sus inicios con Carlos III y Carlos IV, aunque hay que esperar a las Cortes de Cádiz para que los proyectos empiecen a ser realidad, y hay que situarlo en el Decreto de 22 de marzo de 1811 (que establecía la venta de edificios y fincas de la Corona) y, especialmente, la Ley de 4 de enero de 1813, que dispone la «parcelación y subsiguiente reducción a propiedad individual» plena y acotada de los terrenos de propios, realengos y baldíos, con excepción de los ejidos de los pueblos. Solo la mitad de estas tierras podían ponerse en venta, en tanto que la otra mitad, teniendo en cuenta el estado de guerra en el que se estaba, se repartirían entre los combatientes y los vecinos que carecieran de tierra, mediante censo o canon anual. Con la muerte de Fernando VII y la consolidación del régimen liberal de nuevo se vuelve a las medidas desamortizadoras, por la Real Orden de 6 de marzo de 1834, que legitima, a posteriori, las actuaciones realizadas por particulares de ocupación de tierras baldías y realengas. El impulso del Trienio Liberal se reduce a la puesta en práctica de lo dispuesto con anterioridad al 1814, ampliando algunos supuestos. Cuando llega al ministerio Pascual Madoz se promulgó la Ley de Desamortización General, de 1 de mayo de 1855, en la cual se reúnen todas las disposiciones vigentes sobre la materia, incluyendo la de bienes propios y la de tierras comunales. Esta ley tuvo una fuerte oposición de los colectivistas, que ven en el procedimiento a seguir para la venta un peligro para la distribución social de las tierras, lo que junto a la oposición de la Iglesia provocó que se suspendiera su aplicación en 1856, un día antes del final del Bienio Progresista y la puesta de nuevo en vigor de la Constitución de 1845. No obstante, será la última ley que se dé en este sentido y que estará vigente a lo largo de todo el siglo xix, informando todas las actuaciones que en materia de desamortización se acometieran.