Diccionario panhispánico del español jurídico

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denuncia constitucional

Sublema de denuncia1
Parl.; Perú Denuncia que por infracción de la Constitución y por todo delito cometido en el ejercicio de sus funciones y hasta cinco años después de haber cesado en estas puede interponer la Comisión permanente ante el Congreso contra el presidente de la República, los representantes a Congreso, los ministros de Estado, los miembros del Tribunal Constitucional, los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura, los vocales de la Corte Suprema, los fiscales supremos, el Defensor del Pueblo y el contralor general.
Reglamento del Congreso de la República del Perú, arts. 54 inciso f y 89; Constitución Política del Perú, art. 99.