Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

demanio artificial

Sublema de demanio
Adm. y Gral. Conjunto de bienes afectos a un uso o servicio público que se integran en el dominio público en virtud de una ley o de un acto administrativo.
«Se argumenta […] que los bienes de dominio público marítimo-terrestre lo son por naturaleza, mientras que las vías pecuarias son bienes cuya existencia es artificial y que viene dado en función de su destino; diferencias que se traduce en el diferente régimen jurídico de unos y otros bienes, siendo posible la desafectación y alteración del trazado en las vías pecuarias y no el demanio natural costero […]. Con independencia de la alegada diferente naturaleza de los bienes que integran el dominio marítimo-terrestre respecto de las vías pecuarias, aun siendo cierta en cuanto que en los primeros la demanialidad se anuda a la concurrencia de determinadas características geomorfológicas en los terrenos, lo que no ocurre en las vías pecuarias» (STS, Sala 3.ª, 15-VII-2011, rec. 392/2008).