delito de omisión del deber de impedir delitos Sublema de delito Pen. Conducta delictiva consistente en no impedir la comisión de un delito que afecte a las personas en su vida, integridad o salud, libertad o libertad sexual, cuando pudiese hacerse mediante una intervención inmediata y sin riesgo propio o ajeno.CP, art. 450. ArgentinaLey 11179, por la que se aprueba el Código Penal, publicada el 3-XI-1921ChileCódigo Penal, promulgado el 12-XI-1874ColombiaLey 599 de 2000, por la que se aprueba el Código Penal, Publicada en el Diario Oficial 44.097, el 24-VII-2000.Costa RicaLey 4573, de Código Penal, publicada en la Gaceta 257, el 15-XI-1970MéxicoCódigo Penal de la Federación, publicado en la Tercera Sección del Diario Oficial de la Federación, el 14-VIII-1931Referenciado desdeautorización de actos indebidos, omisión propia u omisión puradelito de omisión de demanda de auxiliodelito de omisión del deber de socorro