Diccionario panhispánico del español jurídico

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delegación barrial

Sublema de delegación1
Adm.; R. Dom. Órgano territorial de gestión desconcentrada que pueden crear los ayuntamientos en los sectores urbanos o barrios de los núcleos urbanos con una población significativa.
Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios, de la República Dominicana, art. 25.