Diccionario panhispánico del español jurídico

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declinatoria internacional

Sublema de declinatoria
Civ. Instrumento procesal del que dispone el demandado para denunciar la falta de competencia internacional del tribunal que está conociendo un determinado asunto.
LEC, art. 39 . «El motivo reproduce la falta de competencia jurisdiccional de los Tribunales españoles por existencia en el contrato de una cláusula de sumisión expresa a los Tribunales alemanes, cuyo defecto procesal fue planteado en primera instancia mediante declinatoria que fue desestimada por Auto del Juzgado de 1.ª Instancia de 14 de julio de 2003 con base en la existencia de sumisión tácita, carácter abusivo de la cláusula y no constar que la demandante hubiera prestado el consentimiento a la cláusula, sino que la misma formaba parte de unas Condiciones Generales impuestas unilateralmente por […]. Reproducida la cuestión en apelación, la Sentencia de la Audiencia no acepta los dos primeros argumentos de la resolución del Juzgado, pero sí el tercero, y resalta que “en el caso enjuiciado, la cláusula de sumisión —acuerdo atributivo de competencia en la terminología del Reglamento de la Unión Europea 44/2001— a los Tribunales alemanes forma parte de unas Condiciones Generales redactadas por […] e impresas, con letra minuta y en idioma alemán, en el reverso de todas las hojas del contrato suscritas por las partes, circunstancia que, por sí sola, no es óbice para su validez […]” , pero “el anverso del contrato suscrito por las partes, redactado en español, no contiene esa remisión expresa a las Condiciones Generales estampadas en su reverso, sino remisiones para reglamentar materias concretas […], por lo que no existe constancia de que […] hubiera prestado su consentimiento a la cláusula de sumisión expresa inserta en las Condiciones Generales, careciendo de validez el acuerdo atributivo de competencia» (STS, 1.ª, 20-VII-2011, rec. 675/2008).