Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

daño indemnizable

Sublema de daño
1. Gral. Daño cualificado por la concurrencia de los requisitos exigidos por el ordenamiento para que surja la obligación de quien lo causa de repararlo.
2. Adm. Requisito legalmente exigido para que pueda declararse la responsabilidad patrimonial de las administraciones o poderes públicos.
Los requisitos exigidos para que un daño sea indemnizable son la efectividad, el carácter evaluable, la antijuridicidad y el carácter individualizado con una persona o grupo de personas.

Referenciado desde