Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

día natural para los efectos del trabajo

Lab.; Nic. Día comprendido entre las seis de la mañana y las ocho de la noche. Y trabajo nocturno es el que se presta entre las ocho de la noche y seis de la mañana del día siguiente.
Ley n.º 185 Código del Trabajo, art. 50.

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