- crédito privilegiado
- 1. Civ. y Merc. Crédito que goza de algún tipo de preferencia legal o para cuya satisfacción prioritaria se reservan ciertos bienes o derechos del deudor.2. Merc. Crédito que se satisface en el concurso con prioridad sobre los acreedores ordinarios y subordinados. La prioridad puede ser general, en cuyo caso afecta a la totalidad de la masa activa, o especial, en cuyo caso se limita a determinados bienes o derechos de la misma.
Ley Concursal, arts. 89-91.
Sublema de crédito2