Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

crédito2

1. Gral. Cantidad de dinero, o cosa equivalente, que alguien debe a una persona o entidad, y que el acreedor tiene derecho de exigir y cobrar.
Ley n.º 936, de Garantías Mobiliarias (La Gaceta, Diario Oficial, n.º 200, del 25 de octubre de 2016), de Nicaragua, art. 6.
2. Gral. Situación económica o condiciones morales que facultan a una persona o entidad para obtener de otra fondos o mercancías.
3. Gral. Derecho a disponer de dinero ajeno o retrasar, por un cierto plazo, el pago de cantidades debidas, a cambio de un determinado interés.

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