- coto de pesca
- Amb. Masa de agua así declarada por la administración competente en la que la intensidad de la práctica de la pesca, el volumen de capturas y el número de pescadores están regulados, siendo el acceso limitado, con el fin de realizar un aprovechamiento ordenado y sostenible de los recursos piscícolas.
Ley 9/2013 , de 3-XII, de Pesca de Castilla y León, art. 23;Ley 11/2010 , de 16-XI, de Pesca y Acuicultura de Extremadura, art. 11.
Sublema de coto