Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

coto de pesca

Sublema de coto
Amb. Masa de agua así declarada por la administración competente en la que la intensidad de la práctica de la pesca, el volumen de capturas y el número de pescadores están regulados, siendo el acceso limitado, con el fin de realizar un aprovechamiento ordenado y sostenible de los recursos piscícolas.
Ley 9/2013, de 3-XII, de Pesca de Castilla y León, art. 23; Ley 11/2010, de 16-XI, de Pesca y Acuicultura de Extremadura, art. 11.