- contrato de arrendamiento urbano de temporada
- Civ. Contrato que el arrendatario concierta, no con la finalidad de satisfacer la necesidad permanente de vivienda habitual, sino la de ocupar el inmueble de manera ocasional en época determinada, por razón de estudios, un trabajo específico, un tratamiento médico, etc.Tal arrendamiento es considerado para uso distinto del de vivienda.
LAU, art. 3.2.
Sublema de contrato de arrendamiento