Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

contrato de arrendamiento de buque

Civ. y Merc. Contrato por el que el propietario del buque cede a otro sujeto su goce y disfrute durante un tiempo determinado a cambio de un precio que en la práctica se denomina hire.
El arrendamiento se distingue del fletamento porque en el arrendamiento el propietario de la nave se desliga del resultado económico de la empresa de transporte, mientras que en el fletamento propiamente dicho el fletante no se desliga de la perfecta consumación de la obra. Sobresale en el fletamento el transporte sobre la cesión de la cosa. STS, 1.ª, 26-VII-1990.

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