Diccionario panhispánico del español jurídico

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considerando

Proc. Cada uno de los fundamentos jurídicos de una sentencia o resolución.
Hasta el último tercio del siglo xx, en España, las resoluciones administrativas y las sentencias judiciales se redactaban de modo que quedaban divididas, sucesivamente, en cuatro partes bien delimitadas: a) el encabezamiento; b) los resultandos, es decir, uno o varios párrafos referidos a los hechos y que comenzaban -cada uno de ellos- por el término «resultando»; c) los considerandos, o serie de párrafos que comenzaban por la palabra «considerando» y contenían consideraciones jurídicas o valoraciones sobre los argumentos de derecho; y d) la parte dispositiva o el fallo. Esta estructura se mantiene, pero los resultandos y considerandos se denominan ahora fundamentos de hecho y de derecho respectivamente, o más sencillamente, hechos y fundamentos jurídicos. Este término subsiste en algún país. Por ejemplo: Ley 7, de Procedimiento Civil, Administrativo, Laboral y Económico, de Cuba, art. 151.

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