Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

consejo escolar de centros privados concertados

Adm.; Esp. Órgano a través del cual se ejerce la participación de profesores, padres y alumnos en la gestión y control del centro en cuanto está sostenido por fondos públicos sin perjuicio de que el reglamento de régimen interior prevea otros órganos para la participación de la comunidad escolar. Lo forman el director, tres representantes del titular del centro, cuatro representantes del profesorado, cuatro representantes de los padres, madres o tutores legales de los alumnos elegidos por y entre ellos, dos representantes de los alumnos elegidos por y entre ellos a partir del primer curso de Educación Secundaria Obligatoria y un representante del personal de administración y servicios.
CE, art. 27.7; LODE, arts. 55-57, en redacción de la disposición final primera LOMCE.

Referenciado desde