Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

comunidad doméstica del Alto Aragón

Sublema de comunidad
Hist. Institución de derecho consuetudinario propia de la zona del Pirineo aragonés; se trata de una asociación familiar, dirigida por una sola persona (el padre, alguno de los hijos o una persona extraña, adoptada para ello), que tiene como fin evitar la disolución familiar y de su patrimonio. Cuando el padre o el que está al mando de la comunidad envejece o muere, le sustituye uno de los hijos o la persona adoptada para ello en caso de que no tenga hijos. No se abre una sucesión abintestato, sino que hay una división ideal de bienes entre los miembros. Los hermanos que quedan en casa trabajando forman parte de la sociedad, debiendo obedecer al cabeza de familia y son denominados tiones, pudiendo salir de ella en caso de que quieran trabajar temporalmente fuera, pero si vuelven siguen teniendo los mismos derechos que antes, salvo que se establezcan por sí mismos como independientes; mientras permanecen en ella pueden constituir un pequeño peculio, de dinero y bienes muebles, que se denomina cabdal (y a ellos, cabaleros). En caso de que el hijo mayor no tenga hijos, se puede adoptar a uno o bien realizar un casamiento sobre bienes o casamiento en casa, con el fin de mantener el patrimonio.