- comisión mixta de transferencias
- Adm.; Esp. Cada uno de los órganos bilaterales, creados antes de la Constitución en el sistema de preautonomías y mantenidos en todos los estatutos de autonomía, que se ocupan de la evaluación y transferencia de medios personales, materiales y financieros a las comunidades autónomas para el ejercicio de las competencias que tienen estatutariamente atribuidas.
Sublema de comisión2