Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas

Sublema de comisión2
Contr. ext.; Esp. Órgano parlamentario permanente, constituido por diputados y senadores, que encauza las relaciones entre las Cortes Generales y el Tribunal de Cuentas, canaliza la iniciativa fiscalizadora que la ley reconoce al Parlamento español, conoce de los resultados de las actuaciones fiscalizadoras del Tribunal de Cuentas y provee a la publicación en el periódico oficial correspondiente de dichos resultados y de las resoluciones que adopte al respecto para el ejercicio del control parlamentario.
Se rige por unas normas de funcionamiento que fueron aprobados por las mesas del Congreso y Senado, en sesión conjunta de 3 de marzo de 1983, publicadas en el BOE n.º 23, de 20-IV-1983, págs. 293-294.

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