- comisión de control del fondo de pensiones
- Merc. Órgano encargado de supervisar el cumplimiento del plan o planes de pensiones integrados en dicho fondo, así como de la representación del mismo.
Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29-XI, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, art. 14.
Sublema de comisión2