- Comisión Bilateral Comunidad Autónoma-Estado
- Adm.; Esp. Comisión que constituye el marco general y permanente de relación entre los Gobiernos de la comunidad autónoma y del Estado a los efectos de: a) la participación, información, colaboración y coordinación en el ejercicio de sus respectivas competencias; y b) el establecimiento de mecanismos de información y colaboración acerca de las respectivas políticas públicas y los asuntos de interés común.Por ejemplo, Andalucía
(Estatuto de autonomía, art. 220 ); Aragón(Estatuto de autonomía, art. 90) ; Castilla y León (Estatuto de autonomía, art. 59 ); Cataluña (Estatuto de Autonomía, art. 183 ); Extremadura(Estatuto de autonomía, art. 64 ).
Sublema de comisión2