- colección visitable
- Adm. Colección que no reúne todas las características y condiciones que constituyen los requisitos necesarios para su reconocimiento como museo siempre que sus titulares faciliten, mediante un horario accesible y regular, la visita pública y el acceso de los investigadores, gozando sus fondos de las atenciones básicas que garanticen su custodia y conservación.
Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia, art. 112 .
Sublema de colección