- colección permanente
- Adm. Conjunto estable de bienes culturales conservados sin ánimo de lucro por una persona física o jurídica que, por lo reducido de sus fondos, por la escasez de recursos o por la carencia de personal técnico propio, no puede cumplir todas las funciones atribuidas a los museos, siempre que su titular garantice, al menos, la visita pública en horario adecuado y unas condiciones básicas de conservación, custodia, exposición y acceso de los investigadores a los fondos.
LF 10/2009, de 2 de julio, art. 4.
Sublema de colección